Fondo de Asistencia Laboral (FAL)

Fondo de Asistencia Laboral FAL qué cambia para las empresas

El nuevo régimen propone financiar de manera anticipada determinadas obligaciones por desvinculaciones laborales. Su implementación exige coordinación entre Capital Humano, Finanzas, Legales y Payroll.

Las indemnizaciones laborales son una obligación conocida, pero su momento y su impacto financiero no siempre pueden anticiparse. El Fondo de Asistencia Laboral introduce una lógica distinta: constituir recursos mensualmente para atender determinadas obligaciones cuando se produce una desvinculación.

¿Qué es el Fondo de Asistencia Laboral?

El Fondo de Asistencia Laboral, conocido como FAL, fue creado por la Ley 27.802 para colaborar con el pago de determinadas indemnizaciones y conceptos vinculados con la finalización de relaciones laborales del sector privado. Quedan fuera el sector público y las relaciones comprendidas en los regímenes de la construcción y del personal de casas particulares. El FAL comenzará a regir el 1 de noviembre de 2026.

Cada empleador deberá contar con una cuenta propia dentro de un vehículo de inversión colectiva autorizado por la Comisión Nacional de Valores. Esa cuenta tendrá afectación específica: sus recursos y rendimientos sólo podrán aplicarse a los conceptos previstos por la norma. Aunque se denomina cuenta individual del empleador, el saldo es común para toda su nómina y no se asigna a cada trabajador en forma separada.

El FAL no reemplaza la indemnización ni modifica sus reglas de cálculo. Tampoco funciona como un seguro que libera al empleador de su obligación. Si el saldo disponible no alcanza, la empresa debe pagar la diferencia y continúa siendo responsable por el cumplimiento total frente al trabajador.

¿Cómo se constituye y administra?

La cuenta se integrará con una contribución mensual obligatoria calculada sobre las remuneraciones utilizadas para determinar las contribuciones patronales con destino al SIPA. La alícuota prevista es del 1 % para las grandes empresas y del 2,5 % para las micro, pequeñas y medianas empresas.

Para las relaciones laborales incluidas, la ley establece una reducción equivalente en las contribuciones patronales a la seguridad social. Por eso, el impacto no debería evaluarse como un costo aislado: será necesario revisar su aplicación concreta en la liquidación de cargas sociales y en la planificación de caja.

Antes de efectuar la primera contribución, el empleador deberá elegir una entidad habilitada y un producto autorizado, abrir su cuenta y obtener un identificador único, denominado ID FAL. ARCA canalizará los importes a través del sistema de seguridad social y los derivará a la cuenta informada. La reglamentación de la CNV contempla fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros diseñados para este régimen.

¿Qué cambia en la gestión empresarial?

El principal cambio no está en la existencia de la obligación laboral, sino en la forma de financiarla y administrarla. Una contingencia que podía concentrarse en un único momento pasará a convivir con contribuciones mensuales, rendimientos, saldos disponibles y procedimientos formales de utilización.

Esto obliga a conectar áreas que muchas veces trabajan con información separada. Capital Humano aporta los datos de la nómina y las desvinculaciones; Payroll asegura la correcta registración y liquidación; Finanzas incorpora el fondo a sus proyecciones; Legales valida causas, documentación y montos; y la dirección define criterios de gobierno y control.

También será necesario evitar una falsa sensación de cobertura. El saldo acumulado puede ayudar a reducir el impacto de una desvinculación, pero no garantiza por sí solo que toda la exposición esté financiada. La diferencia entre el pasivo potencial y los recursos disponibles seguirá siendo un dato clave para la toma de decisiones.

¿Qué deberían revisar las empresas antes de noviembre?

La entrada en vigencia está prevista para el 1 de noviembre de 2026. Esperar a la primera liquidación puede dejar decisiones relevantes concentradas en poco tiempo. Conviene avanzar desde ahora en cinco frentes:

  • Encuadre: confirmar si la organización está alcanzada, validar la condición MiPyME y detectar relaciones excluidas o con tratamiento particular.
  • Calidad de datos: revisar altas, fechas de ingreso, remuneraciones, categorías y demás información que incide en la cobertura y en la liquidación.
  • Selección y alta: comparar entidades y vehículos autorizados, conocer comisiones, políticas de inversión, procesos operativos y condiciones de portabilidad, y gestionar el ID FAL.
  • Proyección financiera: estimar contribuciones, saldo esperado y brecha frente a las obligaciones potenciales de la nómina, sin confundir el fondo acumulado con la exposición total.
  • Gobierno interno: definir responsables, controles y un circuito documentado para contribuciones, conciliación de saldos, solicitudes de pago y seguimiento regulatorio

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